Hace algunas semanas CENAFE llevo a cabo una impugnación de las bases de competición de la Primera Juvenil y de la Primera Regional de Extremadura. Su pretensión se basaba en que la Federación Extremeña de Fútbol no estaba exigiendo, como es preceptivo en virtud del artículo 155 del Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), las titulaciones obligatorias para poder ejercer como entrenador en esas divisiones. A saber: el título de superación de primer nivel de fútbol o diploma federativo de nivel 1 para entrenar equipos federados juveniles (en este caso, la 1ª División Autonómica Juvenil) y el título de técnico deportivo o diploma federativo de nivel 2 para entrenar equipos federados de ámbito autonómico (en este caso, la 1ª Regional).
Más bien al contrario, el ente federativo extremeño se limitaba para conceder la licencia federativa de entrenador a requerir un mero compromiso de realización del curso de entrenador. Ahora bien, no cualquier curso de entrenador sino el que la propia federación imparte, el cual subvenciona en un importe de 300 euros.
Una vez más se demuestra el abusivo poder que las Federaciones ejercen impunemente en relación a los títulos de entrenador, obstaculizando y poniendo continuas trabas a aquellos entrenadores que obtienen sus respectivos títulos de entrenador en otros centros no territoriales, y que debemos recordar, están homologados por Ley y tiene la misma validez que los títulos derivados de los cursos que prestan las Federaciones territoriales.
Pues bien, como respuesta a ese hecho, CENAFE ha solicitado (está a la espera de respuesta por parte de la Dirección General de Deportes) la nulidad de las citadas bases de competición o, en su defecto, que los aspirantes a entrenador pudieran obtener sus titulaciones en otros centros autorizados por la administración educativa, como son ellos.
A esta situación se suma el hecho de que la Federación Extremeña de Fútbol, así como otras Comunidades entre las que cabe destacar Castilla y León, esté negando la tramitación de licencias federativas a entrenadores con titulación oficial de técnico deportivo en sus diferentes niveles, cuando estos títulos son tan habilitantes como los diplomas federativos para desempeñar esta profesión. Y esa negativa es sin justificación alguna, porque, por otro lado, no la tiene. Y es que ya son muchos los entrenadores que a lo largo de la geografía española se ven impedidos a ejercer su profesión debido a que la federación no le tramita la licencia porque sólo lo hace en el caso de que aquellos que dispongan de su diploma federativo.
Por ello hay que traer a colación en este punto el artículo 55.4 de la Ley del Deporte que indica que las enseñanzas que imparten estos centros de formación tendrán valor y eficacia en todo el territorio nacional y las Federaciones deportivas españolas que impongan condiciones de titulación para el desarrollo de actividades de carácter técnico, en Clubes que participen en competiciones oficiales, deberán aceptar las titulaciones expedidas por los centros legalmente reconocidos.
No nos cansaremos nunca de denunciar estas situaciones, y si la actuación de estas Federaciones por el momento está siendo incorrecta, como parece ser, tienen que actuar conforme a la normativa aplicable (Ley del Deporte y Reglamento de la RFEF) y admitir a trámite desde ya las solicitudes de licencia federativa de entrenador a todos aquellos que lo soliciten y dispongan de la titulación correspondiente, ya sea su diploma federativo o el título de técnico deportivo (que dicho sea, es el único que tiene validez oficial y académica).
Una vez más, se hace evidente la necesidad de que se agilicen los trámites de aprobación de la Ley de Regulación Profesional del Deporte en todas las Comunidades Autónomas con el objetivo de que se pongan en orden las profesiones del ámbito deportivo, determinando cuales son estás, que funciones pueden realizarse con cada una de ellas y que titulaciones son necesarias para desarrollarlas.
Sería recomendable en este sentido que se siguiera el ejemplo de la normativa catalana donde en el caso concreto de los entrenadores, tras la aprobación de aquella, sólo las titulaciones oficiales con validez académica (técnico deportivo) habilitan para la obtención de la licencia correspondiente.
Área Laboral de la ANEFS
Fuentes
http://iusport.com/not/3189/a-proposito-de-las-licencias-federativas-a-entrenadores-en-extremadura