El martes 8 de octubre se celebró en la sede de la LFP un encuentro organizado por la FFP (Fundación del Fútbol Profesional) y ANEF(Asociación Nacional de Entrenadores de Fútbol) en el que diferentes ponentes expusieron interesantes temas en el ámbito de la actividad profesional del entrenador de fútbol y su relación con los clubs y las federaciones.
Y aunque el fórum, bajo el título “Régimen Asociativo del Entrenador de Fútbol” buscaba ser una iniciativa con la que destacar la situación actual de los entrenadores españoles de fútbol en comparación con colegas europeos y los posibles cambios normativos para una equiparación con el resto de países, implicaba también un gran interés para el entrenador de fútbol sala, pues no olvidemos que formamos parte de la RFEF, y tanto nuestro comité de entrenadores como la reglamentación federativa que nos rige y nos dirige, es exactamente la misma que para nuestros compañeros del fútbol.
Además, la idoneidad en el tiempo era totalmente acertada, pues no en vano nos encontramos en un periodo donde las problemáticas que afectan al entrenador en su relación profesional y de regulación federativa están en el peor momento de la historia.
Sobre la mesa, varios temas de interés, pero fundamentalmente dos:
- El canon del 3% del importe del contrato federativo que la RFEF cobra a cada entrenador ya sea profesional o no, o en su defecto un fijo establecido en todos aquellos casos (la mayoría) en los que el contrato federativo no incluye ninguna compensación económica.
- Las titulaciones deportivas y su legislación para la obtención de la correspondiente ficha federativa.
El evento constó de 2 bloques de debate.
En el primero, representantes de las asociaciones de entrenadores de fútbol de los países de Portugal, Francia, Italia y Holanda, expusieron sus modelos de asociación, la relación con su entorno y especialmente con las federaciones correspondientes, así como algunas otras particularidades de cada situación.
Las aportaciones fueron tremendamente interesantes, y en todas destacaron las importantes diferencias con respecto al modelo español.
Intentando resumir algunas de las ideas extraídas de esa parte del acto, enumeramos los siguientes mensajes:
- España es el único país en el que la federación cobra el 3% del importe total de cada uno de los contratos de los entrenadores (amateurs y profesionales).
- En la mayoría de países de la unión europea, existen modelos de contrato profesional y amateur compensado en el que está definido la obligatoriedad de un mínimo salarial.
- España es el único país de los antes mencionados, donde la relación entre federación y asociación de entrenadores no es ni buena ni fluida.
- En el resto de países, la asociación nacional de entrenadores, forma parte en mayor o menor medida de la federación, incluso con subvenciones económicas, y colabora, participa y aporta un importante nivel de gestión, como por ejemplo en el caso de Italia, donde la asociación de entrenadores y jugadores disponen de un porcentaje determinado de presencia en los órganos decisionales, suficiente como para que sus votos sean necesarios en la modificación o incorporación de cualquier normativa o cambio de reglamentación.
- En Italia, el 0,5% que la federación recauda del contrato de cada uno de los entrenadores, se destina a un fondo de prevención de impagos a entrenadores.
- En Francia, los títulos son totalmente certificados y autorizados por el ministerio correspondiente, como cualquier otra formación académica, y eso evita situaciones de controversia e intereses más allá de los puramente formativos.
- En Portugal, el contrato firmado entre club y entrenador debe ser supervisado y autorizado por la asociación de entrenadores.
La segunda parte de las exposiciones y el posterior debate, se centraron en las alternativas posibles para alcanzar un nuevo marco reglamentario del entrenador, sobre todo en referencia al canon o tasa del 3% del importe salarial de cada contrato de entrenador y posibles cambios en leyes que afecten a la profesión del entrenador.
El abogado y economista Jorge Masía del bufete DLA PIPER, expuso la regulación actual existente, destacando que no existe ninguna disposición de los órganos de gobierno de la RFEF ni del Comité de Entrenadores que haga mención al canon del 3%. Esbozó las líneas de actuación que su bufete, y autorizado por ANEF, está ejerciendo para la resolución de este canon que la federación, sin capacidad de explicación ni justificación, cobra sobre cada uno de los contratos formalizado entre club y entrenador.
A continuación el profesor en Derecho Administrativo, D. Alberto Palomar, explicó aspectos del ejercicio profesional en el deporte, detallando notas de la relación laboral e interpretaciones adicionales. Repasó aspectos legales de la situación actual, y dibujó un escenario muy incierto de futuro próximo, con motivo de que el Gobierno acaba de incluir en el Proyecto de Ley de Racionalización del Sector Público, un cambio notable, casi una revolución, en el artículo 32.4 de la Ley del Deporte, y donde aparecen tres aspectos fundamentales:
- Laboralidad: Con la probable modificación del citado artículo, queda en entredicho.
- Licencia: Un cambio profundo tanto por la Ley del Deporte como por la LGUM.
- Titulaciones: Que no pueden vincularse al ejercicio de la actividad. Pueden obtenerse pero no pueden ser condicionantes del ejercicio de las actividades profesionales.
Posteriormente José Curado, vicepresidente del ICCE (European Coaching Council), organismo formado por la asociación de entrenadores de diferentes países, entre ellos el CNED (Consejo Nacional de Entrenadores Deportivos) del que ANEFS es miembro, expuso que dada la situación tan absolutamente “feudal” en las actuaciones de algunas federaciones, abogaba por un tratamiento mucho más frontal y europeo de la situación, proponiendo una centralización de las acciones en el marco europeo, que actuando de forma global, revierta sobre la legislación local de cada país.
En el turno de ruegos, preguntas e intervenciones complementarias, sorprendió la aportación del diputado Francisco Molinero, que como representante de una comisión del deporte, estaba presente por conocer la realidad más allá de la tribuna de diputados, y que se confesó desconocedor de las situaciones y problemáticas allí expuestas, ya digo, que cosa sorprendente que un diputado perteneciente a una comisión deportiva sea desconocedor de los actores y el escenario que en un deporte tan presente como es el fútbol/fútbol-sala existe. Aunque por otro lado no extraña esta confesión, dada la poca implicación que nuestros políticos y los estamentos gubernamentales han mostrado por ésta y otras situaciones similares, y que por lo tanto impide la resolución de temas tan graves como los expuestos en este fórum.
En resumen, España tiene un escenario complejo, problemático y conflictivo, donde la RFEF posee un marco competencial y de legislación en su reglamentación muy por encima de lo que debería ser normal, e incluso de lo que se está produciendo en otros países, que le otorga un poder casi divino con el que gestionar y ordenar nuestro deporte con una visión totalmente interesada y subjetiva y sin que el organismo superior que nos legisla a todos, ofrezca ninguna alternativa de solución.