Seguimos con los artículos en el área laboral. Hoy queremos informaros un poco sobre la relación laboral en el deporte.
El objetivo de esta nueva aportación es la de intentar clarificar una postura relativa a las distintas opciones que se presentan relacionadas con las prestaciones laborales desarrolladas o relacionadas por los técnicos, entrenadores, seleccionadores y entrenadores con las organizaciones deportivas o entidades encargadas de promover el deporte y cuál es o puede ser la naturaleza del vínculo contractual de aplicación para los distintos supuestos.
Como premisa podemos empezar señalando que, según un principio de nuestro ordenamiento jurídico, resulta irrelevante la calificación que las partes hagan en el contrato acerca de la naturaleza jurídica de la relación ya que las partes no tienen facultad para calificar el tipo de relación que les une.
Así pues, con objeto de establecer unas líneas generales sobre la consideración laboral de los entrenadores, tanto profesionales como aficionados, en el mundo laboral actual, desde el Área Laboral hemos visto pertinente hacer una exposición sobre ciertas cuestiones relacionadas con este tema para aclarar esa especie de “limbo” laboral en el que viven los entrenadores cuando carecen de un sueldo profesional que los haga equiparables a un trabajador común y más aún, cuando también carecen de contrato. Así, con este nuevo artículo, que hemos colgado en el área de documentos, intentaremos resolver cuestiones acerca del funcionamiento de la relación laboral entre entrenador y club.
Jorge Carpio